Ayudas al desarrollo rural a través de la solicitud única.

Procedimiento para la concesión de ayudas al desarrollo rural a través de la solicitud única.

¿Qué se puede solicitar?

Objeto del trámite

Se convocan las ayudas recogidas en el artículo 1 de la Orden 5/2015, de 27 de febrero, la Consellería de Presidencia y Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua. Asi mismo: Orden 5/2015). En concreto son las siguientes:

-Solicitud de ayudas a los agricultores con explotaciones agrarias en zonas de montaña u otras zonas con limitaciones naturales: Todas ellas recogidas en la Orden 6/2015, de 27 de febrero de 2015 de la Conselleria de Presidencia, y Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua (en adelante Orden 6/2015).

-Solicitudes de incorporación al régimen, respecto de la operación de conversión a prácticas y métodos de agricultura ecológica: Todas ellas recogida en la Orden 7/2015, de 27 de febrero, de la Conselleria de Presidencia y Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua (en adelante Orden 7/2015).

-Solicitudes de pago anual para el año 2018 de las ayudas: Todas ellas recogidas la Orden 7/2015 y en la Orden 8/2015, de 27 de febrero, de la Conselleria de Presidencia y Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua (en adelante Orden 8/2015) :

a) Ayudas de agroambiente y clima.
b) Ayuda a la agricultura ecológica.

 

Interesados/Solicitantes

Los agricultores titulares de una explotación agraria.

Requisitos

Los requisitos son los indicados en la Orden 5/2015, en la Orden 6/2015, en la Orden 7/2015 y en la Orden 8/2015 . Además:

Primero: A los beneficiarios de las ayudas les resulta de aplicación las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario previstas: En el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones y las obligaciones contenidas en el artículo 14 del mismo texto legal. A tal efecto, deberá constar en la solicitud, declaración responsable sobre el cumplimiento de los requisitos previstos en el mencionado artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones.

Segundo: No obstante, salvo manifestación expresa en contrario del solicitante, con la presentación de la solicitud se autoriza a la Administración actuante para que pueda efectuar la consulta de sus datos sobre el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social…

Cuantía de la ayuda/Procedimiento de cobro

La cuantía de estas ayudas es la prevista en anexo II el Real Decreto 1075/2015, de 19 de diciembre.

 

 

¿Cuándo solicitarlo?

Plazo de presentación

El plazo de presentación de la solicitud única, para el año 2020, se iniciará el día 1 de febrero y finalizará el día 30 de
abril, inclusive (DOGV nº 8728 de 29.01.2020).

 

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