Ayudas a asociaciones juveniles y entidades prestadoras de servicios a la juventud. 2019 (IVAJ).

Ayudas a asociaciones juveniles y entidades prestadoras de servicios a la juventud con ámbito de actuación en la Comunitat Valenciana para el año 2019 (IVAJ)

¿Qué se puede solicitar?

Objeto del trámite

Se establecen las condiciones de la convocatoria de la subvención a asociaciones juveniles y entidades prestadoras de servicios a la juventud. Estas deben estar inscritas en el Censo de Asociaciones Juveniles y Entidades Prestadoras de Servicios a la Juventud de la Comunitat Valenciana. Su fin es financiar los gastos corrientes y de personal del Programa general de actividades 2019 y cuyo objeto es el recogido en el anexo II de la Orden de bases.

¿Quién puede iniciarlo?

Interesados/Solicitantes

Podrán solicitar las subvenciones las asociaciones juveniles y entidades prestadoras de servicios a la juventud con ámbito de actuación en la Comunitat Valenciana, inscritas en el Censo de Asociaciones Juveniles y Entidades Prestadoras de Servicios a la Juventud de la Comunitat Valenciana.

Requisitos

Podrán obtener la condición de beneficiarios de estas ayudas las asociaciones juveniles y las entidades prestadoras de servicios a la juventud que cumplan con los siguientes requisitos:

Primero tener una implantación territorial en, al menos, quince localidades de dos provincias de la Comunitat Valenciana.
Segundo estar inscritas en el Censo de Asociaciones Juveniles y Entidades Prestadoras de Servicios a la Juventud de la Comunitat Valenciana. Dicha inscripción deberá haberse producido con anterioridad a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

 

Cuantía de la ayuda.

El importe global máximo de las ayudas es de 500.000 euros.
Para calcular la cuantía a conceder a cada beneficiario, se realizará el reparto del importe global máximo de manera proporcional a la puntuación obtenida por los solicitantes que reúnan los requisitos, de acuerdo con la siguiente fórmula:
X = P x Vp
X = Subvención concedida.
P = Puntuación obtenida por solicitud.
Vp = Valor económico del punto. Como resultado de dividir el importe global máximo de la línea de subvención entre el número total de puntos obtenidos por todas las solicitudes admitidas que cumplan con los requisitos de la convocatoria.

 

Plazo de presentación:

Será de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. (DOGV nº 8526, de 10/04/2019).

Este Website utiliza cookies y/o tecnologías similares estrictamente necesarias para que el usuario obtenga una correcta navegación por el sitio web. Más información en Política de cookies...

ACEPTAR
Aviso de cookies
es_ESCastellano