Ayudas para la promoción de los productos agroalimentarios de proximidad.

Ayudas para la promoción de los productos agroalimentarios de proximidad.

Objeto del trámite

Ayudas para la promoción de los productos agroalimentarios de proximidad de la Comunitat Valenciana realizado a través de ferias y mercados locales.

Interesados/Solicitantes

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas para la promoción de los productos agroalimentarios de proximidad, los municipios, mancomunidades de municipios y entidades locales menores de la Comunitat Valenciana. Están  recogidas en la Ley 8/2010, de 23 de junio, de la Generalitat, de Régimen Local de la Comunitat Valenciana.

En el caso de que una misma feria o mercado local tuviera varios organizadores que pudieran ser beneficiarios de las presentes ayudas:

La condición de beneficiario corresponderá unicamente a la entidad que tenga la consideración de promotor principal de la misma. Considerándose como tal la entidad que asuma la gestión, realice los pagos de los gastos y al que fueran dirigidas las facturas.

No podrán ser beneficiarias de estas ayudas las entidades locales que: Operen en los sectores determinados en el punto 1 del artículo 1 del Reglamento (UE) n.º 1407/2013 de la Comisión de 18 de diciembre de 2013. Relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de mínimis.

Requisitos

La actividad subvencionable será la realización de mercados o ferias agroalimentarias en las que se prime la presencia de productos locales, ecológicos y con figuras de calidad.

Son subvencionables los siguientes gastos:
a) Alquiler de mobiliario o elementos necesarios para la correcta ejecución de la feria o mercado local objeto de promoción.
b) Publicidad, difusión y promoción de la actividad (trípticos, carteles, publicidad en medios de comunicación, actividades divulgativas y de dinamización relacionadas directamente con la feria o mercado local, etc.).

La ayuda será del 100% de los costes subvencionables con un máximo de ayuda por proyecto y beneficiario de:

  • 10.000 euros para el caso de mercados mensuales o con una periodicidad inferior.
  • 5.000 euros en el caso de mercados semestrales o con una periodicidad superior al mes.
  • 2.500 euros en el caso de ferias anuales.

Sólo en el caso de existir suficiente disponibilidad presupuestaria podrá ser subvencionado más de un proyecto por beneficiario.

¿Cuándo solicitarlo?

Plazo de presentación

El plazo de presentación de las solicitudes de ayudas a la promoción de los productos agroalimentarios de proximidad de la Comunitat Valenciana será de dos meses. Se iniciará el día siguiente al de la publicación del extracto de la resolución de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV num. 8800 de 28/04/2020).

Suspensión de Plazo:

Este plazo, no obstante, queda suspendido en virtud de lo dispuesto en la disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo: Por el cual se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19.
Las solicitudes y documentos que se remitan electrónicamente durante el periodo de suspensión del plazo. Se tramitarán efectivamente en el momento en el cual se retome el cómputo del mismo, según lo previsto en la citada disposición, salvo que se haya alzado la suspensión en el procedimiento. Se considerará, con carácter general, como fecha de registro de entrada, el primer día hábil después del alzamiento de la suspensión.

 

Este Website utiliza cookies y/o tecnologías similares estrictamente necesarias para que el usuario obtenga una correcta navegación por el sitio web. Más información en Política de cookies...

ACEPTAR
Aviso de cookies
es_ESCastellano