Línea IVF – FEDER PRÉSTAMO SUBORDINADO

Línea IVF – FEDER PRÉSTAMO SUBORDINADO (proyecto empresarial).

Nombre del trámite

Línea IVF – FEDER PRÉSTAMO SUBORDINADO

Objeto del trámite

Otorgar préstamos subordinados para la financiación de proyectos empresariales de pequeñas y medianas empresas. La sede social, establecimiento o sucursal de producción o de desarrollo de actividad debe encontrarse en la Comunitat Valenciana.

Interesados/Solicitantes

Podrán ser beneficiarios de la financiación bonificada proyectos llevados a cabo en cualquier sector de actividad con excepción de:

  • Fabricación de armamento y derivados
  • Juegos de azar y material correspondiente
  • Fabricación, transformación o distribución de tabaco.
  • Las actividades controvertidas por razones éticas o morales o prohibidas por la legislación nacional.
  • Otras actividades cuyo único propósito sea la promoción inmobiliaria.
  • También las actividades meramente financieras.
  • La pesca y acuicultura, la producción primaria de los productos agrícolas.

Requisitos

Los beneficiarios deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Deberán ser Pymes (microempresas, pequeñas y medianas empresas).
  • Acreditar que cuentan con algún trabajador.
  • Encontrarse al corriente en el cumplimiento de la normativa vigente en materia de prevención, calidad y control ambiental. También con los derechos de las personas con discapacidad y de igualdad entre mujeres y hombres.
  • Las sociedades mercantiles y las cooperativas deberán contar con un volumen de activo superior o igual a 0,25 millones de euros. Y también deberán acreditar que su cifra de negocios ha sido superior a 100.000 euros en los tres ejercicios anteriores a la fecha de la solicitud de financiación.
  • Contar con una calificación crediticia satisfactoria (al menos B, en terminología de la Agencia de Rating Standard and Poors), de acuerdo con el sistema interno de análisis de riesgos del Institut Valencià de Finances.
  • Estar en disposición de contar con todas las licencias, autorizaciones y permisos necesarios para la ejecución del proyecto. Asu vez, cumplir la normativa nacional y comunitaria que resulte aplicable.
  • Acreditar estar al corriente de cumplimiento de las obligaciones tributarias ante el Estado y la Generalitat. Así como de las obligaciones ante la Seguridad Social.
  • No estar sujetos a una orden de recuperación pendiente, después de una decisión de la Comisión Europea declarando una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
  • Tampoco encontrarse en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS).
  • No estar en situación de empresa en crisis entendida: De acuerdo con lo establecido en el punto 2.18 del Reglamento (UE) 651/2014, de 17 de junio, general de exención por categorías.

Plazo de presentación

Las solicitudes podrán presentarse desde el día siguiente de la publicación de la presente convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. También se podrán presentar en la página web del IVF. (DOGV nº 8536 de 26/04/2019)

Se podrán presentar ofertas hasta que se agoten los recursos disponibles según lo indicado en el apartado Segundo de esta convocatoria. O también hasta la fecha que acuerde el Consejo Ejecutivo del Fondo de Fondos para la gestión de los instrumentos financieros del PO FEDER de la Comunitat Valenciana 2014-2020. Todo ello, en cumplimiento de la vigencia del citado Programa Operativo.

Para general conocimiento, el IVF publicará en su página web la fecha en la que se cerrará esta convocatoria por la circunstancia expresada en el párrafo anterior.

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