Solicitud de ayuda a la instalación de jóvenes agricultores PDR-CV 2014-2020

¿Qué se puede solicitar?

Nombre del trámite

TECG – Solicitud de ayuda a la instalación de jóvenes agricultores (PDR-CV 2014-2020)

Objeto del trámite

El objetivo de estas ayudas es, por una parte, facilitar a los jóvenes agricultores su instalación en explotaciones agrarias viables, sostenibles y competitivas; y por otra parte, el rejuvenecimiento y la mejora del nivel de formación de los titulares de las explotaciones.

Este objetivo se materializa mediante la concesión de una ayuda para apoyar la primera instalación en explotaciones que alcancen la calificación de prioritaria y que los beneficiarios de la ayuda lleguen a cumplir con los requisitos para ser considerados agricultores activos y profesionales.

La medida se dirige a los jóvenes agricultores a fin de que puedan instalarse como agricultores profesionales mediante titularidad exclusiva, compartida o en régimen de cotitularidad de una explotación agraria que llegue a poder ser calificada como prioritaria.

Asimismo, se puede acceder a la ayuda a través de la integración como socio en una entidad asociativa con personalidad jurídica, preexistente o de nueva constitución, que sea titular de una explotación agraria que llegue a poder ser calificada como prioritaria y en la que el control de la explotación recaiga en el beneficiario de la ayuda. En este caso, la actividad fundamental de la sociedad debe ser la agraria y debe cumplir con los requisitos para ser calificada como microempresa o pequeña empresa según la definición de la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión.

Para garantizar la viabilidad de la explotación, los jóvenes deben presentar un plan empresarial que debe comenzar a aplicarse antes de los nueve meses siguientes a la concesión de la ayuda, y permitir que antes de los dieciocho meses siguientes a la fecha de la instalación el joven agricultor cumpla los requisitos establecidos para poder ser considerado como agricultor activo y disponer de un nivel de capacitación suficiente.

En general, este plan empresarial debe finalizar como máximo 18 meses después de la fecha de la instalación y tras su ejecución debe permitir que el joven cumpla los requisitos para ser considerado agricultor profesional y que la explotación pueda ser calificada como prioritaria. No obstante, en función de las características de la explotación y, en particular, de la fecha de entrada en producción de las inversiones a realizar, puede aceptarse un periodo adicional de hasta 18 meses para la finalización del plan empresarial. Esta ampliación no exime de la obligación de cumplir con el requisito de ser agricultor activo y tener la capacitación suficiente antes de los 18 meses siguientes a la fecha de la instalación.

Plazo de presentación:

Hasta el 26 de Abril de 2019.

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