Subvencions a la subscripció d'assegurances agràries del Pla nacional d'assegurances agràries combinades.

Subvencions a la subscripció d'assegurances agràries del Pla nacional d'assegurances agràries combinades.

Què es pot sol·licitar?

Nom del tràmit:

TECG – Subvencions a la subscripció d'assegurances agràries del Pla nacional d'assegurances agràries combinades.

Objecte del tràmit:

Sol·licitar subvencions complementàries a les concedides per l'Entitat Estatal d'Assegurances Agràries (d'ara en avant *ENESA) per a aquells assegurats que subscriguen assegurances incloses en els plans anuals d'assegurances agràries combinades, aprovats pel Consell de Ministres.

Qui pot iniciar-ho?

Sol·licitants:

Tendrán la condición de beneficiario los asegurados cuyas parcelas y/o explotaciones radiquen en el territorio de la Comunitat Valenciana. Asimismo hayan suscrito la correspondiente póliza.

Las subvenciones indicadas en los puntos anteriores deben concederse a las pymes agrarias dedicadas a la producción primaria. Asi como se definen en el anexo 1 del Reglamento (UE) 702/2014 de la Comisión de 25 de junio de 2014.

Podran accedir també a la condició de beneficiari els supòsits considerats en l'article 11.3 de la Llei 38/2003, de 17 de novembre, en les condicions exposades en aquesta llei.

Requisits

Sólo serán subvencionables aquellas pólizas que cumplan las condiciones establecidas como asegurables en la normativa estatal. Por consiguiente las reguladas para cada plan anual de seguros agrarios combinados la Administración General del Estado. Estas ayudas son complementarias a las subvenciones que para el mismo fin otorga la Administración del Estado a través de ENESA.

Las subvenciones con cargo a la consellería competente en agricultura únicamente serán de aplicación, en los seguros agrícolas, a la parte de prima correspondiente al aseguramiento de producciones de parcelas situadas en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana. También en los seguros pecuarios y acuícolas para las explotaciones que radiquen en el mencionado ámbito territorial y que en el momento de la formalización del seguro, figuren inscritas en los registros competentes de la consellería competente en agricultura.

Estas ayudas solo se aplicarán a los supuestos recogidos en el artículo 1 del Reglamento (UE) 702/2014 de la Comisión de 25 de junio de 2014 que correspondan a su ámbito de aplicación.

La duración de este régimen de ayudas al seguro agrario de acuerdo con el Reglamento 702/2014 de la Comisión es hasta el 31 de diciembre de 2020.

Termini de presentació:

La convocatoria de 2019 entrará en vigor el día de su publicación en el DOGV nº 8513, de 25/03/2019 . Así pues,  será aplicable a todas las pólizas suscritas para el Plan de Seguros Agrarios Combinados de 2019. Desde el 1 de enero de 2019 hasta el 31 de diciembre de 2019.

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