Ayuda a las inversiones en explotaciones agrarias mediante planes de mejora.

Ayuda a las inversiones en explotaciones agrarias mediante planes de mejora.

 

Objeto del trámite

Fomentar la realización de inversiones en explotaciones agrarias de la Comunitat Valenciana a fin de mejorar su rendimiento global y garantizar su sostenibilidad y adaptación al mercado.Para ello, mediante la implementación de planes de mejora.

Estos planes de mejora no pueden tener una duración superior a tres años desde la resolución de la concesión o de la autorización de inicio de inversiones, en su caso, y su implementación debe justificar la consecución de alguno de los siguientes objetivos:
a) Mejora de la condiciones del entorno de trabajo, de las condiciones técnicas y medioambientales de la explotación, así como de higiene y bienestar animal.
b) Mejora de la eficiencia de los sistemas de riego, reducción de los costes de producción, del consumo de insumos y del impacto medioambiental de la explotación.
c) Medidas de diversificación que favorezcan el desarrollo de actividades en ciclo cerrado, o minimicen los riesgos empresariales y el impacto medioambiental.
d) Adaptación de la producción a las demandas del mercado. Mejora de la calidad.
e) Mejora de la conservación del entorno natural.

Además, para obtener la autorización de inicio de inversiones previo a la resolución es imprescindible su solicitud expresa por parte de los interesados. Para ello puede utilizar el modelo de SOLICITUD DE AYUDA A LAS INVERSIONES EN EXPLOTACIONES AGRARIAS. PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL DE LA COMUNITAT VALENCIANA 2014-2020 del apartado impresos asociados.

Interesados/Solicitantes

Personas físicas, entidades inscritas en el registro de entidades de Titularidad Compartida y entidades asociativas con personalidad jurídica. Todas ellas, que cumplan la definición de PYME titulares de explotaciones agrarias cuyo objeto principal sea la actividad agraria. Además, que realicen alguna de las inversiones subvencionables en su explotación y que cumplan el resto de requisitos que se detallan en la convocatoria.

Plazo de presentación

El plazo de presentación de solicitudes será de 2 meses a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la presente resolución en(DOGV núm. 3346 de 29/01/2020). Por lo tanto, el plazo será, desde el 30/1/2020 hasta el 30/3/2020.

Este Website utiliza cookies y/o tecnologías similares estrictamente necesarias para que el usuario obtenga una correcta navegación por el sitio web. Más información en Política de cookies...

ACEPTAR
Aviso de cookies
es_ESCastellano