Emprendimiento y Autoempleo

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¿Qué es Emprendimiento ?

Son emprendedores quienes individual o grupalmente crean ideas de negocio. El emprendimiento es un proceso por el que un individuo o grupo de individuos realiza esfuerzos organizados para buscar ideas y oportunidades. El fin de realizar este proyecto es crear valor y crecimiento, satisfaciendo deseos y necesidades, por medio de la innovación y la exclusividad, sin importar los recursos que el emprendedor posea en ese momento.

¿Qué es Autoempleo ?

El autoempleo es la Situación laboral de la persona que crea un puesto de trabajo para sí misma, aporta el capital necesario para ello y dirige su propia actividad. Esta actividad que se inicia de forma independiente, alternativa al empleo por cuenta ajena.

El autoempleo no es sinónimo de emprendimiento.

Trabajar por cuenta propia se suele asociar con el espíritu emprendedor y se promueve como una forma de reducir el desempleo. Ahora, un trabajo de economistas de asturianos, publicado en Applied Economics Letters, revela que el autoempleo es, en muchas ocasiones, la única forma de seguir en el mercado laboral en España, pero que dista mucho de ser sinónimo de emprendimiento.

Según explica a Sinc Begoña Cueto, profesora de economía de la Universidad de Oviedo y autora principal, en el estudio se ha analizado la relación entre autoempleo y desempleo, incluyendo interrelaciones espaciales entre las regiones españolas. “Los resultados sugieren que el aumento del paro conduce al incremento del trabajo por cuenta propia, indicando cierto carácter de ‘empleo refugio’. Sin embargo, el autoempleo y el emprendimiento no se pueden interpretar como análogos”, destaca.   Ver más.. en Publico.es

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¿Por qué darme de alta como autónomo???

Poder tener visibilidad, que tus clientes te vean, que sepan que existes.

  • Vas a poder anunciarte, tanto en las redes sociales como en rutas comerciales agrícolas.
  • Estar en asociaciones de agricultores.
  • Participar en cursos de formación, para autónomos.
  • Participar en ferias, mercados de agricultura.

Para realizar todas estas actividades, debes estar dado de alta, y ello te permitirá ser visible para potenciales clientes y así incrementar las ventas.

Poder facturar a tus clientes.

Los clientes Restaurantes, pequeños comercios, supermercados…etc, quieren comprar con factura, es un resguardo que deben conservar, no solo para poder su  declaración, sino ante cualquier inspección de sanidad. Si les puedes ofrecer la factura de venta, será un motivo más para elegirte a ti como  suministrador de los productos que necesitan.

No ser sancionado.

Realizar actividad empresarial sin cumplir con los requisitos legales puede darnos muchos disgustos. Recomendamos no permanecer en la economía sumergida.

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Un ejemplo: Sanciones por no estar de alta como autónomo. En el caso de que la Seguridad Social decida sancionarte, tendrás que pagar todas las cuotas pendientes desde que tengan constancia de que empezaste a ejercer la actividad, más un recargo adicional del 20%.

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Estabilidad en el empleo, autonomía y satisfacción personal.

Como emprendedores, no dependeremos de un jefe para mantener nuestro puesto de trabajo. Somos nosotros los que vamos a dirigir la actividad de nuestra empresa.  Aunque el camino del emprendedor es duro, hay que trabajar dentro de los principios de responsabilidad, perseverancia, y búsqueda de la excelencia, para obtener el éxito deseado. Realizar esta tarea correctamente, nos producirá una satisfacción del trabajo bien hecho, fruto de nuestro esfuerzo, nuestra dedicación y nuestra pasión.

 

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1º Seguridad Social

Regular la situación laboral.

2º Agencia Tributaria.

Declarar los ingresos en la Renta.

3º Conselleria Agricultura.

REGEPA (registro general de producción agrícola).

4º Conselleria Sanidad

Salubridad de los productos. Trazabilidad.

Si no cumples estos requisitos y trabajas por cuenta propia, estarás engrosando la economía sumergida, incidiendo en la menor recaudación del estado y en la competencia desleal que supone, frente a aquellos otros autónomos y pymes que sí que cumplen con sus obligaciones legales.

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TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

Modelo TA.0521 – Solicitud de alta / baja / variación de datos en el Régimen Especial de Autónomos

-Para comenzar nuestra actividad hayque realizar el alta en la Seguridad Social como autónomo, (en Régimen especial de trabajadores autónomos – RETA) , con un coste mensual  mínimo de 283,30€ desde el 1 de enero de 2019. Aunque puedes disfrutar de bonificaciones por inicio de actividad: Tarifa plana de 60 euros.

Consultar bonificaciones en Resumen de las Bonificaciones de la Seguridad  Social

Como cada persona tiene su particularidad  recomendamos  pedir cita en la Tesorería General de la Seguridad Social.

Dentro  de RETA  se encuentra SETA: Sistema Especial de Trabajadores Agrarios.

Cuadro de Bonificación cuota de autónomo (DESDE EL  1 DE ENERO  2019):

(Si  no  se ha estado  de Alta de Autónomo  en los 2 años anteriores – o 3 años si hubiera recibido ayudas).

Percibiremos un descuento a nuestra cuota de autónomo del:

  • – 80% (Descuento  sobre la cotización mínima)  durante 12 meses=  60€ (Si la actividad se realiza en poblaciones menores  de 5.000h. Se aplicará 24 meses  60€, pero ya sin derecho a más bonificación posterior, a no ser mujer menor 35 años – hombre menor 30 años. ).
  • – 50%  de descuento los siguientes  6 meses. = +/- 142€.
  • – 30 % los siguientes  6 meses.= +/- 199 €.
  • – 30% los siguientes  6 meses.= +/- 199 €. (Para, las mujeres menores de 35 años o los hombres menores de 30 años.)

Agencia Tributaria.

 

Realizar el alta en Hacienda mediante el formulario de alta censal, modelo 036 ó modelo 037.

Este modelo es gratuito. A partir de este alta, hay que presentar todas las declaraciones de IRPF e IVA, y pagar los impuestos que te corresponden, para estar al corriente de las obligaciones fiscales.

Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo social

Estar inscritos en la Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo social.

Tienes que darte de alta en el REGEPA (Registro General de Producción Agrícola)

¿Quiénes están obligados a inscribirse? Las personas físicas o jurídicas, titulares de la explotación agraria que ejerzan su actividad agrícola con superficie ubicada, total o parcialmente, en el territorio de la Comunitat Valenciana. No se consideraran afectados por esta obligación los titulares que destinen íntegramente su producción al consumo doméstico privado.

Formulario: Trámites administrativos de agricultura.

Presencial: Registro en la oficina Comarcal Agraria (OCAPA) C/ Sant Eloy, 6 Pego – Tel: 966409970.

Registro de la dirección Territorial de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Dessarrollo Rural – Alicante.
C/ Profesor Manuel Sala, 2Ver plano
03003 Alacant/Alicante
Tel: 012

Internet: Con Certificado digital en REGEPA GVA.

Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública.

Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos. Tiene como finalidad la protección de la salud pública y de los intereses de los consumidores y facilitar el control oficial de las empresas y establecimientos sometidos a inscripción.

Quién debe inscribirse

Deberán inscribirse en el registro general sanitario los establecimientos de las empresas alimentarias o las propias empresas que reúnan los siguientes requisitos:

1º.- Que la sede del establecimiento o si no existe establecimiento la sede o domicilio social, esté en territorio español.

2º.- Que la empresa tenga por actividad:

  • Alimentos o productos alimenticios destinados al consumo humano.
  • Materiales y objetos destinados a estar en contacto con alimentos.
  • Coadyuvantes tecnológicos utilizados para la elaboración de los alimentos.

3º.- Que realice alguna de las siguientes actuaciones:

  • Producción, transformación, elaboración y/o envasado.
  • Almacenamiento y/o distribución y/o transporte.
  • Importación de productos de otros países no pertenecientes a la UE.

Si la empresa exclusivamente manipula, transforma, envasa, almacena o sirve alimentos para su venta al consumidor final, no está obligada a inscribirse en el registro sanitario. Eso sí, deberán inscribirse en los registros de comercios minoristas de Comunidad Valenciana.

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